El sábado acudí a un lavaseco. Al interior, se escuchaba un señor que increpaba a la encargada de local. El motivo: no entregarle la ropa que un tercer cliente había mandado a lavar. La negativa se fundaba en que no exhibía el original del recibo. Como los niveles de molestia del señor aumentaron, la encargada del local accedió a entregar la vestimenta contra exhibición de la fotografía del recibo más otra de la cédula de identidad del dueño de la misma.
La solución excepcional (porque la encargada del local tenía la razón desde el punto de vista legal y de sentido común, incluso por razones de protección al propio cliente dueño de la ropa) no fue satisfactoria. La discusión subió de tono. Mi honesto intento de mediación, de nada sirvió. Afortunadamente, minutos más tarde el propietario de la ropa envió la foto de su cédula, y se entregó al cliente que la reclamaba para él.
Más tarde, ya en ruta hacia otro destino, un conductor tocaba su bocina y gesticulaba al chofer de otro vehículo por respetar la velocidad máxima en la Costanera. Al llegar al estacionamiento del supermercado me encontré con varios espacios ocupados, pero por carros dejados allí por clientes que habían finalizado sus compras.
El problema de fondo: la falta de respeto del otro como un igual y de las normas de trato social que se enseñan en la casa y desde temprana edad en establecimientos educacionales y, de manera técnica, en las aulas de las Escuelas de Derecho.
Según la UNICEF (https://www.sbcguidance.org/es/hacer/normas-sociales) “Existe una norma social cuando hacemos algo porque creemos que otros miembros de la comunidad o personas como nosotros lo hacen”. Son importantes, entre otras cosas, porque “influyen en los comportamientos individuales, de la comunidad y de las instituciones, las cuales pueden tener consecuencias beneficiosas o perjudiciales para el bienestar de las personas. Están integradas en la sociedad y pueden dictar cómo se produce y mantiene un orden social… unen a las comunidades y promueven comportamientos colectivos, lo cual ayuda a que las comunidades funcionen”.
Para Williams Benavente son “prescripciones de conducta de carácter general aprobadas por el grupo social mediante usos y costumbres”. Son distintas a las normas legales, pues, mientras éstas son reglas obligatorias, susceptibles de ser sancionadas por el aparato estatal en caso de incumplimiento, las normas de trato social se refieren a comportamientos propios de la vida en sociedad que son observadas para mantener la convivencia, no siendo exigibles.
El concepto revela la importancia de la existencia de estas reglas y la necesidad de su cumplimiento por todos los integrantes de la sociedad; sobre todo porque son fundamentales para una mejor convivencia y porque no corresponde a la legislación cautelarlas.
No pretendemos con estas líneas dar una lección de moral, sino tan sólo hacer un llamado a cuidar nuestras relaciones interpersonales. En el lavaseco, la ruta, el supermercado, los ambientes de trabajo, las redes sociales y, por cierto, el hogar cuidemos nuestras relaciones con el prójimo y respetemos las normas de trato social, que aunque no sean obligatorias, porque el Estado no podrá obligarnos por la fuerza a cumplirlas, si son absolutamente necesarias, yo diría indispensables, para el buen vivir y el bien común.