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Académicos de Derecho UCSC analizan modificaciones a ley sobre pago de pensiones alimenticias

Por Soledad Lavín Novoa

Las reformas e innovaciones a la Ley N° 14.908 sobre pago de pensiones alimenticias  (modificaciones introducidas por la Ley 21.389) ha suscitado gran interés para todos los operadores que participan en el subsistema de justicia de familia. Es por ello que como una manera de contribuir al conocimiento y análisis de esta normativa, el Departamento de Derecho Procesal y Penal junto al Magíster en Derecho Procesal de Familia de la Universidad organizaron un seminario que contó con la participación de académicos de la Facultad de Derecho UCSC.

El encuentro se inició con la exposición de Cristian Gutiérrez, quien sostuvo que “la gran pretensión de esta modificación a la Ley 21.389, en primer lugar, es promover el principio de corresponsabilidad en cuanto a que se logre la igualad de los derechos y deberes de los progenitores en la crianza de los hijos, todo esto cruzado con el interés superior del niño, niña y adolescente y, en tercer lugar, facilitar y mejorar el sistema de pago de las pensiones alimenticias”.

En tanto, Francesco Carretta explicó que estamos en una ley de 1935 que ha sido constantemente modificada y que poco a poco ha endurecido las medidas en contra de los alimentantes, pero que su estructura y principios “permanecen de la misma manera como fue concebida en su origen, inclinándose progresivamente hacia el interés superior del niño”.

Por su parte, Nel Greeven afirmó que “esta es una ley dura para el deudor. La gran innovación que introduce esta normativa, copiando el sistema extranjero, es el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos”.

Este es un espacio virtual que lleva el Registro Civil donde se deja constancia que una persona obligada al pago de una pensión alimenticia no ha dado cumplimiento a ella total o parcialmente. Su objeto es promover y garantizar el cumplimiento de las pensiones de alimentos. Es electrónico y de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta.

La profesional agregó que las consecuencias de este registro son: Retención de créditos del alimentante y pago directo al alimentario, restricciones en la vida económica, suspensión de derechos y beneficios, así como restricciones al acceso a la función pública y otros cargos relevantes.

Acceder al seminario completo en: https://www.youtube.com/watch?v=axyO-_qEgCw