Analizan distribución territorial de poder y sistema político en propuesta constitucional - UCSC
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Analizan distribución territorial de poder y sistema político en propuesta constitucional

Por Soledad Lavín Novoa

Con la participación de las académicas UCSC, Mariela Rubano y Valeska Opazo, se llevó a cabo el webinar “Proyecciones de la distribución territorial del poder y del sistema político en la propuesta constitucional”, organizado por el Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Casa de Estudios y la Coordinación de Vinculación con el Medio de esta unidad.

La primera exposición estuvo a cargo de la profesora Rubano, quien hizo referencia al sistema político establecido en el texto de nueva Constitución, haciendo un paralelismo entre la Carta Fundamental actual y la propuesta. “Hay dos grandes temas. Uno tiene que ver con el presidencialismo atenuado y el otro con el bicameralismo asimétrico. En el primer caso, el Presidente de la República tendría menos atribuciones y algo distintas. En el segundo, contaríamos con una cámara con más atribuciones que la otra”, comentó.

De igual modo, sostuvo que es importante examinar este nuevo sistema, porque permite determinar quiénes van a ser las autoridades, cuáles serán sus atribuciones y el rol del ciudadano en todo el proceso. En segundo lugar, agregó que es necesario conocer cómo se distribuyen estas funciones. “Hay que tener presente que el sistema político está íntimamente relacionado a otros temas como la Ley de Partidos Políticos, la democracia paritaria y el estado regional”.

Asimismo, explicó que, en el sistema actual, el Presidente de la República cuenta con amplias atribuciones, incluso más atribuciones legislativas que el propio Congreso. En la propuesta, la iniciativa exclusiva es sustituida por las llamadas leyes de concurrencia presidencial necesarias.

En tanto, el Poder Legislativo bicameral está integrado por dos cámaras: Congreso de Diputados y Diputadas, con representación nacional, y Cámara de las Regiones, que viene a sustituir al Senado. Su finalidad es ser la representación de los intereses locales, regionales, y tiene menos atribuciones

“Creo que, de acuerdo a la situación actual, con una la alta fragmentación partidaria con partidos que tienen una nula identificación y legitimidad de la ciudadanía, va a estar difícil la gestión gubernamental.  El sistema de partidos es determinante en este tipo de temas y no depende de la Constitución ni de la Ley de Partidos. Es importante evitar la fragmentación. La democracia necesita agregar preferencias si no, no funciona. Es fundamental alcanzar, mantener siempre la gobernabilidad y la coherencia entre el ejecutivo y el Legislativo”.

Por su parte, Valeska Opazo abordó la distribución territorial del poder, sosteniendo que la principal función de las constituciones políticas es organizar el poder del Estado por dos razones principales: Una, para limitarlo para que este no se desbande y otra para darle sentido al ejercicio del poder, para una finalidad esencial que es el servicio, el bien común de todos.

La académica explicó que el poder estatal se divide en distintas funciones y una de ellas es el poder administrativo, que tiene por objeto principal satisfacer las necesidades cotidianas, permanentes de las personas (salud, vivienda, transporte, etc), independiente de quien esté gobernando. En la actualidad, este se organiza a través de una forma estatal unitaria.

“Esto significa que hoy existe una única administración pública, cuyo titular es el Presidente de la República y, en consecuencia, este único titular satisface las necesidades de toda la población, independiente de donde esté, además de satisfacerlas en todo el territorio. Todos los servicios públicos que están desplegados en el territorio dependen del Presidente. Como consecuencia de ello, se produce una desigualdad territorial en el acceso, oportunidad y calidad de bienes y servicios que provee el Estado”.

Además, indicó que la propuesta constitucional propone pasar de un estado unitario del poder administrativo a uno regional, es decir, este poder ya no va a ser ejercido por una sola persona, sino por varias administraciones: estado, regiones y comunas autónomas, así como autonomías indígenas. Entre los efectos prácticos de ello están el cambio en la relación entre poder central y territorios internos junto a la pluralidad de administraciones públicas y ordenamientos jurídicos.

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