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Violencia hacia personas mayores en pandemia: académica UCSC explica esta realidad

Por Camila Meza Sparza

De acuerdo a cifras entregadas por el Centro de Estudios y Análisis del Delito (CEAD), perteneciente a la Subsecretaría de Prevención del Delito, arrojó que en 2020 aumentaron las notificaciones de violencia intrafamiliar hacia las personas mayores, llegando a 3.497 casos; siendo las regiones Metropolitana, Biobío y La Araucanía las zonas las que encabezan el listado nacional.

Sobre esto, la enfermera y académica de la Facultad de Medicina de la Universidad, Gladys Navarro, aseguró que el maltrato apunta a cualquier acción u omisión que produzca daño y/o vulnere el respeto a la dignidad y al ejercicio de sus derechos de una persona. En este sentido, precisó que existen varios tipos de maltrato y profundizó en aquellos que pueden ocurrir en el ámbito familiar, comunitario e Institucional.

Agresión psicológica, patrimonial, negligencia y abandono
La violencia psicológica produce mucho daño a nivel emocional y es muy difícil de evidenciar. Son las agresiones tales como gritos, amenazas, intimidación, humillación, aislamiento del resto de los integrantes de la familia, falta de respeto a sus principios o diversas formas de ridiculizarlos. Este tipo de maltrato muchas veces se ejerce en el interior del hogar y sin testigos o frente a otros que se conspiran para dejarlo encubierto, aprovechando el confinamiento en el que hemos tenido que permanecer.

Por su parte, el maltrato patrimonial es otro tipo de maltrato que se realiza a una persona mayor al hacer uso parcial o total de sus recursos económicos (pensión/jubilación, otros.) sin su consentimiento, en beneficio de la persona que lo ejerce. “Muchos de ellos han sufrido carencias importantes que han aumentado su vulnerabilidad y dejado en la indefensión por no animarse a denunciarlo o porque su condición de salud no les permite darse cuenta que lo están sufriendo. Por lo que queda oculto para el resto de los familiares, amparándose muchas veces en la falta de redes de apoyo y por la restricción de visitas debido a la contingencia sanitaria actual”, comentó la profesional Magíster en Enfermería con mención Salud Comunitaria.

Asimismo, la negligencia también es considerada un abuso, algo que se observa con mucha frecuencia y ocurre cuando la familia conscientemente, no proporciona los cuidados y el acompañamiento necesario para su correcta higiene, alimentación saludable, vestuario adecuado, controles preventivos y médicos apropiados, que la persona requiere.

“Lo triste es que muchas familias se justifican aludiendo que, por el contexto de la pandemia, no les ha sido posible ocuparse de ellos. Sin embargo, posterior a una visita domiciliaria y entrevista más en profundidad, el equipo de salud descubre la falta de afecto o desinterés en el cuidado de la persona mayor. Se lo cobija en casa, pero lo destinan a una pieza al fondo o incluso afuera de la vivienda principal”, agregó.

También, el maltrato por abandono ocurre cuando cualquier persona o institución no asume la responsabilidad que le compete en el cuidado de una persona mayor o que, habiendo asumido su cuidado, lo desampara de manera voluntaria. Para la enfermera, es importante recalcar que el abandono afecta la calidad de vida y la salud de las personas mayores. “La soledad puede tener un efecto equivalente al estrés crónico en la salud cerebral, además puede afectar el sistema endocrino que ayuda a controlar el estado de ánimo, el metabolismo y también al sistema inmune, por lo que pueden desarrollar más enfermedades y/o descompensar las ya existentes”.

Legislación
La Ley Nº 20.427, incluye el maltrato al Adulto Mayor en la Legislación Nacional, e indica que “el maltrato a un mayor autovalente o con dependencia y que lo tenga bajo su cuidado, sea cónyuge, conviviente, o pariente consanguíneo o por afinidad en toda la línea recta (hijos, nietos, bisnietos) o colateral (hermanos, primos) hasta el tercer grado inclusive. Será sancionado, dependiendo de la gravedad, desde multa en dinero, prohibición de acercarse a víctima, abandonar hogar común, hasta cárcel (61 a 540 días) cuando se trate de maltrato habitual. También reconoce como delito y penaliza el abuso patrimonial a personas mayores, que es ejercida por familiares. Ya no existe excusa legal absolutoria cuando cualquier pariente, sin la voluntad de la persona mayor y con el ánimo de lucrarse, daña o se apropia mediante hurto o engaño, de sus bienes y posesiones”.

“Les invito a sensibilizarnos y empatizar con las personas mayores que tenemos en casa o cerca nuestro como un amigo, vecino, compañero de labores o hermano de fe, a través de acciones cotidianas, como llamadas telefónicas o videollamadas. Porque el olvido es una forma de abandono y en esta pandemia cuidemos de las personas mayores. Tomemos conciencia que todos llegaremos a ser personas mayores, que como seres humanos tenemos el privilegio y el deber de apoyarnos mutuamente”, finalizó Navarro.